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Consejo Académico

                                                                 


Última Actualización: 18-03-2024 23:25:16

 

 

Conformación del Consejo Académico

El Consejo Académico estará conformado por:

1. El Rector, quien lo presidirá.

2. Dos representantes de los Decanos de las Facultades que se elegirán entre ellos, por convocatoria del Vicerrector Académico.

3. Dos representantes de los Directores de Programa, que se elegirán entre ellos, por convocatoria del Vicerrector Académico.

4. Dos representantes de los profesores de carrera docente universitaria que deberán:

  • Ser elegidos mediante votación directa por los mismos.
  • Estar escalafonados en la categoría de asistente, asociado o titular.
  • Tener una antigüedad no inferior a cinco (5) años en la Universidad.
  • No estar desempeñando cargos de subdirección, asesoría o consultoría en la Universidad.
  • No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la elección.

5. Dos representantes de los estudiantes, del nivel de pregrado, que deberán:

  • Ser elegidos por votación directa por los estudiantes de la Universidad que acrediten tener matrícula vigente y continua.
  • Haber cursado y aprobado por lo menos el 4º semestre del respectivo Programa Académico.
  • No haber sido sancionados disciplinariamente.
  • Haber sido representantes estudiantiles ante una instancia universitaria.

NOTA: El Secretario General de la Universidad, actuará como secretario.

Integrantes Consejo Académico

  • Fabio Buriticá Bermeo, Presidente del Consejo Académico
  • William David Grimaldo Sarmiento, Secretario general y del Consejo Académico
  • Kelly Johanna Toledo Artunduaga, Representante de los Decanos
  • Ángela Patricia Moreno LópezRepresentante de los Decanos
  • Diber Albeiro Vaquiro Plazas, Representante de los Coordinadores de Programas
  • Héctor Eduardo Hernández Núñez, Representante de los Coordinadores de Programas
  • Vladimir Sánchez Tovar, Representante de los Docentes
  • John Jairo Beltrán Chica, Representante de los Docentes
  • Álvaro Andrés Castaño López, Representante de los Estudiantes

Funciones del Consejo Académico
Son funciones del Consejo Académico:

Liderar el desarrollo académico de la Universidad y decidir en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, a investigación, a extensión y bienestar universitario, acordes con el Plan de Desarrollo de la Universidad aprobado por el Consejo Superior Universitario.

  • Diseñar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil y definir las directrices para la coordinación curricular de los diversos programas.
  • Dirigir, estimular y perfeccionar la política de auto evaluación y control académico institucional, como tarea permanente y que hará parte del proceso de acreditación.
  • Analizar el presupuesto preparado por las unidades académicas de la Universidad y proponerlo al Consejo Superior Universitario por intermedio del Rector.
  • Elegir el Representante de las Directivas Académicas al Consejo Superior Universitario.
  • Rendir informe al Consejo Superior Universitario, por lo menos una vez en cada período académico o cuando dicha instancia lo solicite.
  • Actuar como órgano de segunda instancia en relación con los Consejos de Facultad o de las dependencias de nivel universitario en cuanto corresponde a las decisiones académicas y disciplinarias de los estudiantes, susceptibles de apelación.
  • Recomendar al Consejo Superior Universitario, la creación, fusión, supresión o suspensión de programas académicos de conformidad con las disposiciones legales.
  • Proponer al Consejo Superior Universitario el Plan de Desarrollo Docente, de Investigación y proyección social.
  • Proponer al Consejo Superior Universitario todos los estímulos y condiciones necesarios para propiciar y fomentar la investigación, la asesoría, la formación del profesorado y, en general, todas las actividades que tiendan a elevar el nivel académico; así como elaborar y presentar ante dicha instancia los proyectos de reglamento académico, de personal docente, estudiantil y/o sus modificaciones.
  • Conceder honores a tesis y trabajos de grado, previa solicitud de los respectivos Consejos de Facultad, así como otras distinciones estudiantiles de tipo académico.
  • Proponer al Consejo Superior Universitario o al Rector, de acuerdo con el Plan de Formación, los candidatos a comisiones de estudio, período sabático y las distinciones establecidas en los reglamentos.
  • Propiciar la participación de la Universidad en el desarrollo de programas que se adelanten con instituciones y organismos del orden regional, nacional e Internacional.
  • Aprobar el calendario académico o sus modificaciones.
  • Decidir los requisitos sobre los sistemas de matrículas, calificaciones y exámenes.
  • Definir los requisitos para la expedición de los certificados de estudio, títulos y actas de grado.
  • Conceptuar sobre los proyectos de Plan de Gestión de las facultades de la Universidad, supervisar su cumplimiento y sobre esta base, diseñar el plan global de desarrollo, para someterlo a consideración del Consejo Superior Universitario.
  • Autorizar el ejercicio de algunas de sus funciones en el Rector, los Vicerrectores, los Decanos, los Consejos de Facultad y los Comités de Currículo, entre otros órganos de dirección colegiada.
  • Evaluar semestralmente las determinaciones de su competencia.
  • Darse su propio reglamento.
  • Las demás que le señalen el Consejo Superior Universitario y las normas reglamentarias.