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Información tomada de: www.icetex.gov.co
El crédito Acceso con Calidad a la Educación Superior (ACCES), es una línea de crédito a largo plazo para financiar programas técnicos profesionales, tecnológicos o de ciclo complementario de escuelas normales superiores o universitarios en la que se le presta a un estudiante para que pague un nuevo profesional.
Los créditos educativos que se otorguen para adelantar estudios de educación superior tendrán una tasa de interés variable ajustada cada año.
Dicha tasa de interés variable será la correspondiente al cálculo de la variación del índice de Precios al Consumidor IPC, certificado por el DANE al cierre de diciembre de cada año.
Interés de mora:
Está línea de crédito está compuesta por tres periodos y en cada uno de ellos se generan intereses:
Periodo de estudios:
Periodo en el que se están realizando los estudios superiores y se solicita un crédito educativo por uno o varios semestres.
Periodo de gracia:
Se otorga automáticamente el periodo de gracia a los créditos de la modalidad a Largo Plazo Acces que hayan terminado exitosamente su programa académico.
También se le dará periodo de gracia a aquellos estudiantes que soliciten la terminación del crédito pero continúen sus estudios (esto último con previa solicitud del usuario del crédito).
Durante este periodo se liquidan los intereses corrientes sobre el saldo de capital adeudado.
El beneficiario del crédito puede renunciar al periodo de gracia para iniciar la etapa final de amortización, para lo cual es indispensable que informe al ICETEX su decisión radicando la comunicación respectiva en los puntos de atención al usuario a nivel nacional.
Periodo de pago o amortización:
Comienza una vez se hayan culminado la época de estudios, el periodo de gracia (si se solicitó) o cuando se haya pasado al cobro el crédito (por solicitud del estudiante o por mora en el crédito).
El pago del crédito se inicia se inicia al terminar el programa de estudios o el período de gracia (si utilizó esta opción), o inmediatamente cuando se presente una de las causales de terminación del crédito establecidas en el Reglamento de Crédito Educativo
Saldo de capital girado más los intereses causados desde la fecha del primer giro hasta la fecha de liquidación.
Los beneficiarios podrán escoger uno de los siguientes sistemas:
1. Cuota constante en pesos
En este sistema el valor de la cuota es definido a partir de las siguientes variables. a) valor de la financiación, b) plazo del crédito, y, c) tasa de interés. En razón a que la tasa de interés de la entidad fue vinculada una variable macroeconómica -IPC-, la cuota anualmente debe ser recalculada.
2. Cuota escalonada:
En este sistema el valor de la cuota es definido a partir de las siguientes variables:
a) valor de la financiación
b) plazo del crédito
c) tasa de interés
d) gradiente o factor de crecimiento de la cuota, el cual es calculado en función de los salario de los egresados de la educación superior en Colombia estimados con información del Observatorio Laboral para la Educación.
Suspensión del inicio del plan de pagos del crédito educativo
La suspensión del inicio de pagos del crédito se otorga a los beneficiarios que:
Esta suspensión del inicio del plan de pagos del crédito se otorga por una única vez por un período de seis (6) meses, prorrogables por seis (6) meses más.
Congelamiento de la obligación de pago del crédito educativo
El congelamiento de la obligación se otorgará a los beneficiarios que:
El congelamiento del plan de pagos del crédito se otorgará por una única vez por un período de seis (6) meses, prorrogables por seis (6) meses más.
El ICETEX aprobará la suspensión del inicio del plan de pagos y congelamiento de la obligación bajo las siguientes condiciones:
Durante la suspensión y/o congelamiento se mantendré el cobro de intereses, a la tasa de interés corriente vigente que presenta el crédito al momento de aprobar la suspensión y/o congelamiento.
Los beneficiarios del crédito educativo que se encuentren cursando dos programas académicos complementarios entre sí, se les financiará hasta dos periodos académicos adicionales, con respecto a la duración total del programa para el cual fue otorgado el crédito inicialmente.
Con el fin de evitar aplazamientos de programas académicos o deserción de los mismos, El ICETEX financiará hasta dos periodos adicionales requeridos para cubrir la carga académica pendiente.
La prima de seguro para cubrir los riesgos de invalidez y muerte del beneficiario de crédito educativo otorgado por el ICETEX, será el equivalente al 2% de cada desembolso y el beneficiario la pagará una vez se realice cada desembolso.
Está disponible un subsidio por $707.409 (setecientos siete mil cuatrocientos nueve pesos moneda corriente) por semestre, suma que se incrementa anualmente de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor (IPC).
Este valor se le entregará a cada beneficiario mediante una tarjeta débito que se recarga semestralmente para que el estudiante disponga de sus recursos oportunamente. Por el uso de dicha tarjeta no se cobra cuota de manejo y el estudiante beneficiario puede hacer hasta cinco (5) transacciones al mes sin costo alguno.
Los requisitos aplicables, a partir de la segunda convocatoria de crédito de 2013, para acceder a este subsidio son:
14 Ciudades, Son las 14 principales ciudades sin sus áreas metropolitanas, Bogotá, Medellín, Cali, Barranquilla, Cartagena, Cúcuta, Bucaramanga, Ibagué, Pereira, Villavicencio, Pasto, Montería, Manizales y Santa Marta.
0
57,21
Resto Urbano: es la zona urbana diferente a las 14 principales ciudades, los centros poblados y la zona rural dispersa de las 14 principales ciudades
0
56,32
Rural
0
40,75
Consulte su puntaje en el Sisbén
Cada semestre el valor del subsidio de sostenimiento, le será girado directamente al estudiante.
La condonación por graduación se aplicará para los estudiantes de pregrado que cumplan los siguientes requisitos:
Si el solicitante ha tenido o tiene un crédito con el ICETEX, debe haber cancelado mínimo el 50% de la deuda, estar al día en los pagos y continuar amortizando la obligación de acuerdo con el plan de pagos establecido.
Tener un deudor solidario aceptado por el ICETEX que avalará y firmará con el estudiante los documentos (Carta de Instrucciones y Pagaré) que respaldan el crédito educativo.
Para quienes solicitan financiación para el primer semestre académico, acreditar en las Pruebas Saber 11 -antes Examen de Estado Icfes- hasta el año 1999, un puntaje igual o superior a 238 puntos. Los estudiantes que las presentaron a partir del año 2000 deben consultar el puesto requerido por departamento.
Los estudiantes que ingresan a segundo semestre deben acreditar resultado de las Pruebas Saber 11 y promedio de notas del primer semestre cursado.
Los estudiantes que ingresan a partir de segundo semestre en adelante, deben tener un promedio de notas no inferior a 3,4 en el último período cursado o acumulado.
El deudor solidario es la persona –natural o jurídica- que respalda la obligación adquirida por el estudiante con el ICETEX, durante el periodo de estudio y la etapa de amortización del crédito.
El deudor solidario firma con el beneficiario la carta de instrucciones y el pagaré, por lo tanto debe cumplir los siguientes requisitos:
No es posible realizar cambios de deudor solidario, en ningún momento del crédito, ni para la legalización, ni durante su ejecución o amortización. El Reglamento de Crédito Educativo prevé cambio de deudor solidario, solo en los siguientes casos:
La solicitud debe ser remitida por el estudiante al ICETEX, acompañada de las constancias y/o certificaciones de tal novedad, para que el Instituto pueda autorizar ante la CIFIN el estudio de otros candidatos para reemplazar el deudor solidario.
Cubrimiento del Crédito:
Tipo de programa
Cubrimiento sobre el valor de la matrícula
Programas técnico profesionales, tecnológicos, escuelas normales superiores y Centros Regionales para la Educación Superior (CERES)
Hasta el 100%
Programas universitarios estrato 1 ó 2
Hasta el 75%
Programas universitarios estrato 3, 4, 5 ó 6
Hasta el 50%
*El desembolso para matrícula se le gira directamente a la institución de educación superior en la que va a estudiar.
El IPC certificado por el DANE para el año 2014 fue de 3,66%.
Modalidad de Crédito
Periodo de estudios y de gracia
Periodo de reembolso
ACCES técnico y tecnológico estrato 1, 2 y 3
ACCES técnico y tecnológico estrato 4, 5 y 6
ACCES universitario estrato 1, 2 y 3
ACCES universitario estrato 4, 5 y 6
CERES técnico y tecnológico estrato 1, 2 y 3
CERES técnico y tecnológico estrato 4, 5 y 6
CERES universitario estrato 1, 2 y 3
CERES universitario estrato 4, 5 y 6
* El Índice de Precios al Consumidor (IPC) refleja las variaciones que en conjunto sufren los precios de los bienes que adquieren normalmente los consumidores del país, es el principal instrumento para la cuantificación de la inflación y su cálculo mensual es responsabilidad del DANE.
La tasa de interés de mora será la equivalente al IPC más 12 puntos porcentuales (15,66% efectivo anual).
Largo plazo
Base de liquidación
Sistema de pago
En razón a que la tasa de interés de la entidad fue vinculada una variable macroeconómica -IPC-, la cuota anualmente debe ser recalculada.
En el momento de gestionar la legalización del crédito aprobado, el beneficiario debe indicar el sistema de amortización que quiere para pagar su crédito.
Suspensión o congelamiento de la obligación
Terminaron exitosamente su programa académico, no han pasado al cobro y no han logrado vincularse laboralmente.
Condiciones para la suspensión y/o congelamiento de la obligación:
Presentación personal, o a través de apoderado, del beneficiario en las oficinas del ICETEX a nivel nacional.
Financiación para doble titulación
Crédito educativo adicional para completar carga académica
No.
Área
Puntaje Mínimo
Puntaje Máximo
1
2
3
Importante:
Periodo a financiar
Mérito académico
Fecha Presentación del Examen de Estado*
Calificación Exigida
1er. ó 2do. semestre
Anterior al año 2000
Puntaje mínimo exigido: 238
A partir del primer semestre del año 2000.
Acreditar buen rendimiento académico según el puntaje obtenido en las Pruebas Saber 11.
Consultar el puesto requerido por departamento
* Esta información será validada por el ICETEX directamente con el ICFES, por lo cual debe diligenciar correctamente el código SNP y demás datos solicitados.
3er. semestre en adelante
Promedio académico: 3,4 (Acumulado o último período cursado)
Documentos para legalizar el crédito
*Núcleo familiar
- Para el estudiante soltero: es la unidad compuesta por padres y hermanos.
- Para el estudiante casado: está compuesto por el cónyuge o compañero (a) permanente e hijos.
Tenga en cuenta que…
Importante:
El estudio y aprobación del deudor solidario del crédito educativo está a cargo de la CIFIN (Central de Información Financiera), organismo que procesa y suministra al ICETEX la información relativa a los clientes y usuarios de los sectores financieros, real, solidario y asegurador. Si presenta algún inconveniente, por favor verificar con la CIFIN su historial crediticio.
A) Si es persona natural:
B) Si es persona jurídica:
Documentos que se deben presentar al legalizar el crédito aprobado
Persona natural
Persona jurídica
Cambios de deudor solidario