Inicio

La Universidad

Programas

Gestión

Servicios

Convocatorias

Investigación

SEDES

Transparencia

ATENCIÓN AL CIUDADANO

PARTICIPA

Noticias y Eventos

Logo Gobierno

                                                                 

 

Última Actualización: 14-06-2026 08:37:53

 

 

Conformación del Consejo Académico

El Consejo Académico estará conformado por:

1. El Rector, quien lo presidirá.

2. Dos representantes de los Decanos de las Facultades que se elegirán entre ellos, por convocatoria del Vicerrector Académico.

3. Dos representantes de los Directores de Programa, que se elegirán entre ellos, por convocatoria del Vicerrector Académico.

4. Dos representantes de los profesores de carrera docente universitaria que deberán:

  • Ser elegidos mediante votación directa por los mismos.
  • Estar escalafonados en la categoría de asistente, asociado o titular.
  • Tener una antigüedad no inferior a cinco (5) años en la Universidad.
  • No estar desempeñando cargos de subdirección, asesoría o consultoría en la Universidad.
  • No haber sido sancionados disciplinariamente durante el año anterior a la elección.

5. Dos representantes de los estudiantes, del nivel de pregrado, que deberán:

  • Ser elegidos por votación directa por los estudiantes de la Universidad que acrediten tener matrícula vigente y continua.
  • Haber cursado y aprobado por lo menos el 4º semestre del respectivo Programa Académico.
  • No haber sido sancionados disciplinariamente.
  • Haber sido representantes estudiantiles ante una instancia universitaria.

NOTA: El Secretario General de la Universidad, actuará como secretario.

Integrantes Consejo Académico

  • Fausto Andres Ortiz Morea, Presidente del Consejo Académico.
  • Yudy Alexandra Otaya CalderónRepresentante de los Decanos.
  • Díber Albeiro Váquiro PlazasRepresentante de los Decanos.
  • Luisa María Zambrano Anaya, Representante de los Coordinadores de Pregrado.
  • Héctor Eduardo Hernández Núñez, Representante de los Coordinadores de Posgrados.
  • Vladimir Sánchez Tovar (Docente), Representante de los Docentes.
  • John Jairo Beltrán Chica (Docente), Representante de los Docentes.
  • Karolayn Pajoy Tobón (Estudiante), Representante de los Estudiantes.
  • Jennifer Yarley Ríos Morales (Estudiante)Representante de los Estudiantes.
  • William David Grimaldo Sarmiento, Secretario General y del Consejo Académico

Funciones del Consejo Académico
Son funciones del Consejo Académico:

Liderar el desarrollo académico de la Universidad y decidir en lo relativo a docencia, especialmente en cuanto se refiere a programas académicos, a investigación, a extensión y bienestar universitario, acordes con el Plan de Desarrollo de la Universidad aprobado por el Consejo Superior Universitario.

  • Diseñar las políticas académicas en lo referente al personal docente y estudiantil y definir las directrices para la coordinación curricular de los diversos programas.
  • Dirigir, estimular y perfeccionar la política de auto evaluación y control académico institucional, como tarea permanente y que hará parte del proceso de acreditación.
  • Analizar el presupuesto preparado por las unidades académicas de la Universidad y proponerlo al Consejo Superior Universitario por intermedio del Rector.
  • Elegir el Representante de las Directivas Académicas al Consejo Superior Universitario.
  • Rendir informe al Consejo Superior Universitario, por lo menos una vez en cada período académico o cuando dicha instancia lo solicite.
  • Actuar como órgano de segunda instancia en relación con los Consejos de Facultad o de las dependencias de nivel universitario en cuanto corresponde a las decisiones académicas y disciplinarias de los estudiantes, susceptibles de apelación.
  • Recomendar al Consejo Superior Universitario, la creación, fusión, supresión o suspensión de programas académicos de conformidad con las disposiciones legales.
  • Proponer al Consejo Superior Universitario el Plan de Desarrollo Docente, de Investigación y proyección social.
  • Proponer al Consejo Superior Universitario todos los estímulos y condiciones necesarios para propiciar y fomentar la investigación, la asesoría, la formación del profesorado y, en general, todas las actividades que tiendan a elevar el nivel académico; así como elaborar y presentar ante dicha instancia los proyectos de reglamento académico, de personal docente, estudiantil y/o sus modificaciones.
  • Conceder honores a tesis y trabajos de grado, previa solicitud de los respectivos Consejos de Facultad, así como otras distinciones estudiantiles de tipo académico.
  • Proponer al Consejo Superior Universitario o al Rector, de acuerdo con el Plan de Formación, los candidatos a comisiones de estudio, período sabático y las distinciones establecidas en los reglamentos.
  • Propiciar la participación de la Universidad en el desarrollo de programas que se adelanten con instituciones y organismos del orden regional, nacional e Internacional.
  • Aprobar el calendario académico o sus modificaciones.
  • Decidir los requisitos sobre los sistemas de matrículas, calificaciones y exámenes.
  • Definir los requisitos para la expedición de los certificados de estudio, títulos y actas de grado.
  • Conceptuar sobre los proyectos de Plan de Gestión de las facultades de la Universidad, supervisar su cumplimiento y sobre esta base, diseñar el plan global de desarrollo, para someterlo a consideración del Consejo Superior Universitario.
  • Autorizar el ejercicio de algunas de sus funciones en el Rector, los Vicerrectores, los Decanos, los Consejos de Facultad y los Comités de Currículo, entre otros órganos de dirección colegiada.
  • Evaluar semestralmente las determinaciones de su competencia.
  • Darse su propio reglamento.
  • Las demás que le señalen el Consejo Superior Universitario y las normas reglamentarias.

 
 
 
 
 

 

Contacto

Ubicación: Bloque Administrativo, Segundo Piso
Teléfono: 4340797
Jefe de Oficina: John Jairo Silva Munar
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

 

Enlaces de interés

Glosario de Términos Universitarios

Guía Autoevaluación de Programas para Calidad 

Guía Autoevaluación Programas Registro Calificado

Oferta Académica Programas de Pregrado 

Oferta Académica Programas de Posgrado

Procedimiento Creación de un Programa PD-M-DC-01

Informe Condiciones Iniciales de Acreditación Institucional

Fomento a la Acreditación Institucional X

Enfoque Autoevaluación Acreditación Institucional X

Sistema de Acreditación Institucional Acuerdo No. 19 de 2014 Consejo Superior

Programas acreditados

Comunicados

Comunicado 01(pdf) | Comunicado 02(pdf) | Comunicado 03(pdf) | Comunicado 04(pdf) 

Marco legal

El Sistema Nacional de Acreditación es creado por la ley 30 de 1992 en su artículo 53, en el cual se establece que “es voluntario de las Instituciones de Educación Superior acogerse al Sistema de Acreditación. La Acreditación tendrá carácter temporal” y se otorga para programas, como para la institución en su conjunto, cuando se cumplen los requisitos exigidos.
La acreditación es el proceso mediante el cual la Universidad, basada en un proceso de autoevaluación y en el juicio de las comunidades académicas nacionales e internacionales da garantía a la sociedad de la alta calidad de sus programas académicos. La Universidad se compromete a contrastar sus procesos de formación con los criterios de la comunidad académica y rendir cuentas a la sociedad sobre el servicio educativo que presta. El Estado adopta y hace público el reconocimiento que los pares académicos hacen de la comprobación que efectúa la institución sobre la calidad de sus programas académicos, su organización y funcionamiento y en cumplimiento de su función social.

En el Sistema de Aseguramiento de la Calidad confluyen el Ministerio de Educación Nacional, el Consejo Nacional de Educación Superior, CESU, la Comisión Nacional Intersectorial para el Aseguramiento de la Calidad de la Educación Superior, CONACES, el Consejo Nacional de Acreditación, CNA, el Instituto Colombiano para el fomento de la Educación Superior, ICFES y las Instituciones.

La Universidad de la Amazonia, reconoce que la acreditación contribuye significativamente al mejoramiento de los programas, ya que tiene previstos planes de mejoramiento y conduce a la autoevaluación permanente; también, es un punto de partida para afianzar la autonomía universitaria.

 
Jefe de Oficina: Mauricio Alejandro Méndez Moreno
Teléfono: 4366160 Ext. 140
Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.
Ubicación: Florencia - Caquetá, Campus Florencia, barrio Porvenir, Edificio Tucán, Tercer Piso.

 
Ver funciones

El Jefe de la Oficina de Planeación de la Universidad de la Amazonia, cumple las siguientes funciones:

  • Asesorar a la Rectoría y a las distintas dependencias académicas y administrativas de la institución en el trazado de políticas y en la formulación, evaluación y seguimiento a los planes de cada una de ellas, conforme a los criterios y directrices establecidos por el Gobierno Nacional.
  • Apoyar a la Rectoría en el establecimiento de las políticas regionales de educación superior que deben adoptar los CRES.
  • Estudiar permanentemente las tendencias del desarrollo regional, nacional e internacional para orientar los planes y programas institucionales.
  • Preparar, con otros organismos públicos, en especial con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y con el Departamento Nacional de Planeación, a través del Ministerio de Educación Nacional y, cuando fuere el caso, con técnicos y representantes del sector privado, los planes y proyectos de la entidad.
  • Elaborar informes periódicos solicitados por el Ministerio de Educación Nacional, la Contraloría General de la República, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Departamento Nacional de Planeación y las Secretarías de Educación Departamental y Municipales de la región.
  • Elaborar el Plan General de Desarrollo de la institución, en conjunto con sus diferentes unidades académicas y administrativas.
  • Evaluar conjuntamente con la Oficina de Control Interno el avance y materialización del Plan de Desarrollo y los planes de acción de cada una de las dependencias, cuando fuere el caso y proponer los ajustes necesarios.
  • Dirigir y organizar las actividades relacionadas con la recolección, análisis y procesamiento de la información estadística de la Universidad y coordinar su divulgación.
  • Asesorar todos los procesos de planeación, organización, programación y evaluación académica y administrativa. Así mismo, asesorar a las distintas dependencias en esta tarea.
  • Organizar el Banco de Proyectos de la Universidad de la Amazonia.
  • Coordinar acciones con los organismos de Planeación Nacional, Departamental y Municipal, dirigidas a facilitar el intercambio de información requerido por el que hacer institucional.
  • Proponer criterios sobre alternativas y prioridades en el desarrollo integral de la Universidad de la Amazonia.
  • Ejercer el autocontrol y el control interno y responder por los bienes a su cargo entregados para el desempeño de sus funciones.
  • Desarrollar las funciones de Secretaría Técnica del Plan de Desarrollo.
  • Las demás que le sean asignadas y que correspondan a la naturaleza de la dependencia.

 
Objetivo

Realizar la evaluación, seguimiento y mitigación de los impactos ambientales significativos, generados por las actividades propias de la Universidad de la Amazonia.

Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA)

El Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) es el instrumento que organiza y guía estos procesos, alineado con el Plan de Desarrollo Institucional 2020-2029 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) de la Agenda 2030.

El PIGA busca posicionar a la Universidad como referente regional en el manejo responsable de recursos naturales, promoviendo el buen manejo de residuos, el ahorro y uso eficiente del agua y la energía, y el respeto por la biodiversidad en sus instalaciones. Para lograrlo, el PIGA se estructura en cinco ejes estratégicos:

  • Manejo Integral de Residuos Sólidos (MIRS).
  • Ahorro y Uso Eficiente de Agua y Energía (AUEAE).
  • Gestión del Riesgo de Desastres (GRD).
  • Seguridad y Salud en el Trabajo (SST).
  • Energías y Sistemas Alternativos (ESA).

A través de estos ejes, la Universidad fortalece su compromiso ambiental y garantiza la ecoeficiencia y el desarrollo sostenible de la región.

Ver Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA)

Normativa Ambiental

Normograma Ambiental:

Es un documento donde se consolida de manera general las políticas ambientales aplicables a la Universidad de la Amazonia desde orden internacional hasta normativa interna del alma mater.

Ver Normograma.

Acuerdos:

Resoluciones:

  • Resolución No. 0667 del 19 de marzo de 2013 - "Por la cual se establece el protocolo de emisión de documentos internos en la Universidad de la Amazonia".
  • Resolución No. 2522 del 13 de julio de 2018 - "Por medio del cual se prohíbe el ingreso, uso, consumo y circulación de productos de alto impacto ambiental".
  • Resolución No. 5080 del 19 de diciembre del 2018 - "Por la cual se crea el Comité de Coordinación, Control y Vigilancia de la Política Ambiental y del Plan Institucional de Gestión Ambiental - PIGA- de la Universidad de la Amazonía".
  • Resolución No. 3626 del 16 de octubre del 2019 - Por la cual se adopta el Plan Institucional de Gestión Ambiental PIGA 2019-2028".
  • Resolución No. 4308 del 27 de diciembre de 2019 "Por medio de la cual prohíbe en todas las sedes de la Universidad de la Amazonia, el uso, adquisición o elaboración de elementos publicitarios e informativos tales como folletos, avisos, pasacalles, vallas, cartillas, tarjetas, afiches, pendones, entre otros, en productos nocivos para el medio ambiente, tales como material plástico, papel plastificado, papel parafinado y demás materiales no biodegradables, no reutilizables p sin posibilidades de aprovechamiento".
  • Resolución No. 0419 del 26 de febrero de 2021 - "Mediante la cual se modifica el artículo 8 de la Resolución No. 2522 de 2018 (Por medio de la cual se prohíbe el ingreso, uso, consumo y circulación de productos de alto impacto ambiental, tales como bolsas pasticas (PEBD, pitillos, poliestireno (PS) y otros empaques sin posibilidades de aprovechamiento y la implementación del nuevo Manejo Integral de Residuos Sólidos – MIRS en todos los campus de la Universidad de la Amazonia, y se dictan otras disposiciones)".

 

Fausto Andrés Ortiz Morea

 
Rector encargado Acuerdo 102 de 2025 Consejo Superior Universitario
2026

 

  • Ubicación: Bloque Administrativo, Segundo Piso.
  • Correo electrónico: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra spambots. Usted necesita tener Javascript activado para poder verla.

 

Rector

El rector es el representante legal y primera autoridad ejecutiva de la Universidad. Es designado por el Consejo Superior Universitario y es el responsable de la dirección académica y administrativa de la institución.

Fausto Andrés Ortiz Morea 
Educación:

  • Ingeniero Agroecólogo de la Universidad de la Amazonia.
  • M.Sc. Fisiología y Bioquímica ( Universidad de São Paulo, Brasil).
  • Ph.D. Genética ( Universidad de São Paulo, Brasil).
  • Ph.D. Bioquímica y Biotecnología (Ghent University, Bélgica).
  • Formación posdoctoral en el departamento de Bioquímica y Biofísica de la Texas A&M University, USA.
  • Formación posdoctoral en el departamento de Biología Molecular y Celular de la Univeristy of Michigan, USA.

Experiencia en investigación y productividad académica:

  • Investigador Senior reconocido por el Ministerio de Ciencia, Tecnología e Innovación (MINCIENCIAS).
  • Participa activamente en redes de conocimiento con investigadores de Norteamérica, Suramérica, Europa y Asia.
  • Profesor Investigador de la Universidad de la Amazonia.
  • Autor de múltiples artículos científicos y libros del orden nacional e internacional.
Experiencia Laboral:  
  • Docente Universitario desde de el año 2015.
  • Coordinador del Doctorado en Ciencias Naturales y Desarrollo Sustentable (2015 – 2019)
  • Miembro del Consejo Superior Universitario de la Universidad de la Amazonia como representante de los graduados (2016-2020).
  • Coordinador Unidad de apoyo a la investigación en Agrobiotecnología desde 2020.
  • Coordinador científico en proyectos del Sistema General de Regalías desde el 2019.

Reconocimientos:

  • Seleccionado como uno de los diez mejores investigadores latinoamericanos por el programa Pew Latin American Fellows, USA.
  • Premio Top Etanol por reconocimiento de trabajo académico, otorgado por el Gobierno de Brasil
  • Participante del programa STAR de la NASA, con formación en biología espacial.
  • Premio Coreguaje de Plata, otorgado por la Gobernación del Caquetá por logros académicos

 

Funciones
Según el artículo 32 del Capítulo II del Acuerdo 062 de 2002 por el cual se adopta el Estatuto General de la Universidad de la Amazonia”;son funciones del Rector:

a) Cumplir y hacer cumplir las normas legales, estatutarias y reglamentarias vigentes, y las decisiones del Consejo Superior Universitario y Consejo Académico.

b) Actuar como ordenador del gasto y delegarlo en forma total o parcial en las instancias o dependencias que considere pertinentes.

c) Proponer, dirigir y liderar la ejecución del Plan de Desarrollo Institucional y el funcionamiento general de la Universidad y presentar informes periódicos al Consejo Superior Universitario.

d) Responder por la conservación y administración del patrimonio de la Universidad.

e) Implementar los sistemas de evaluación requeridos para la buena marcha institucional, mediante procedimientos y mecanismos ejecutados por las instancias respectivas, e informar de ello al Consejo Superior Universitario.

f) Expedir los actos administrativos correspondientes; Adjudicar y suscribir los contratos que sean necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la institución, atendiendo las disposiciones legales y estatutarias vigentes.

g) Llevar la Representación Legal de la Universidad como persona jurídica, defender sus derechos; proteger, conservar y administrar su patrimonio y nombrar apoderados judiciales y extrajudiciales, llegados el caso.

h) Nombrar y remover a los Vicerrectores, Secretario General, Decanos y personal de la Universidad de acuerdo con las disposiciones legales y adoptar todas las decisiones concernientes a su administración que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad.

i) Nombrar, remover, encargar y conceder licencias con arreglo a las disposiciones legales vigentes.

j) Aplicar las sanciones disciplinarias que le competan por ley o reglamento.

 k) Someter a consideración del Consejo Superior Universitario, el proyecto de presupuesto de la Universidad y ejecutarlo una vez sea aprobado.

l) Convocar a elección de quienes deban ser elegidos como representantes ante el Consejo Superior Universitario y Consejo Académico de conformidad con las normas estatutarias.

m) Presidir el Consejo Académico y delegar la dirección de éste según sea el caso.

n) Presentar a consideración del Consejo Superior Universitario, propuestas sobre reglamentos o sus modificaciones, previo el concepto del Consejo Académico en lo referido a la parte académica.

o) Presidir o delegar en forma temporal, las ceremonias de grados y autorizar con su firma los títulos conferidos por la Universidad.

p) Conceder comisiones, permisos y autorizar viáticos al personal universitario, atendiendo a las normas legales y estatutarias.

q) Efectuar los acuerdos de obligaciones y órdenes de gastos, conforme a las normas legales vigentes.

r) Presentar al Consejo Superior Universitario el proyecto de reglamento para elección de Rector y representantes ante los Consejos Superior y Académico.

s) Presentar al Consejo Superior Universitario los proyectos de planta de personal docente y administrativo y sus modificaciones.

t) Designar los directores de las diferentes unidades académicas.

u) Rendir informe semestral al Consejo Superior Universitario sobre las labores de la Universidad.

v) Presentar semestralmente y en forma oportuna al Consejo Superior Universitario, los estados financieros de la Universidad

w) Delegar algunas de sus funciones en los órganos o autoridades de la Universidad dentro de los márgenes establecidos en la ley, con excepción de la imposición de las sanciones.

x) Las demás que le señalen las disposiciones vigentes y las que no estén expresamente atribuidas a otra autoridad; así como las señaladas por el Consejo Superior Universitario derivadas de sus funciones, o que le sean delegadas.

Designación del Rector
El rector de la Universidad de la Amazonia será designado por un periodo de 3 años, elegido por el Consejo Superior.

Los requisitos y calidades para ser Rector son:

a) Presentar hoja de vida con los soportes correspondientes.

b) Ser colombiano y ciudadano en ejercicio.

c) Tener título universitario y de posgrado a nivel mínimo de Especialización.

d) Acreditar experiencia administrativa, pública o privada, mínima de tres (3) años.

e) Acreditar experiencia docente o investigativa universitaria mínima de cinco (5) años.

f) Presentar al momento de la inscripción, un programa de trabajo académico y de gestión administrativa.

g) No haber sido condenado por hechos punibles, con excepción de delitos políticos o culposos, ni sancionado disciplinariamente en el ejercicio de la profesión, dentro de los cinco (5) años anteriores al momento de la inscripción.

h) No estar incurso en causal de inhabilidad o de incompatibilidad de carácter legal o estatutario, al momento de la inscripción, cuyo hecho deberá manifestar en forma escrita entendida bajo la gravedad del juramento.