Jefe de Oficina: Diana Fernanda Bermeo Mantilla
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Ubicación: Segundo piso, Edificio Tucán - Sede Porvenir.
Es la dependencia de carácter asesor, encargada de coordinar el sistema de control interno de la Universidad de la Amazonia, de acuerdo con los principios y objetivos institucionales, en concordancia con el comité interno del sistema de control interno creado para tal fin en los términos de la Ley 87 de 1993 y demás normas que lo modifiquen o adicionen. Depende del Consejo Superior Universitario.
Es uno de los componente del sistema de control interno, de nivel gerencial o directivo, encargado de medir y evaluar la eficiencia, eficacia y economía de los demás controles, asesorando a la dirección en la continuidad del profesos administrativo, la revoluación de los planes establecidos y en la introducción de los correctivos necesarios para el cumplimiento de las metas u objetivos previstos.
Se entiende por control interno el sistema integrado por el esquema de organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones, así como la administración de la información y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes dentro de las políticas trazadas por la por la dirección y en atención a las metas u objetivos previstos.
El ejercicio del control interno debe consultar los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad, publicidad y valoración de los costos ambientales. En consecuencia, deberá concebirse y organizarse de tal manera que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos existentes en la entidad, y en particular de las asignadas a aquellos que tengan responsabilidad del mando.
El control Interno se expresará a través de las políticas aprobadas por los niveles de dirección y administración de las respectivas entidades y se cumplirá en toda la escala de la estructura administrativa, mediante la elaboración y aplicación de técnicas de dirección, verificación y evaluación de regulaciones administrativas, de manuales de funciones y procedimientos, de sistemas de información y de programas de selección, inducción y capacitación de personal.
Atendiendo los principio constitucionales que debe caracterizar la administración pública, el diseño y el desarrollo del sistema de control Interno se orientará al logro de los siguientes objetivos fundamentales:
Definición del Control Interno (Ley 87/93)