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Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo COPASST

                                                                 


Última Actualización: 18-04-2024 17:41:47

 

 

¿Qué es el COPASST?

La Resolución 2013 de 1986 reglamenta la organización y funcionamiento del Comité Paritario de Seguridad y Salud en el Trabajo (COPASST) el cual es un organismo de promoción y vigilancia de las normas y reglamentos de Salud Ocupacional y Seguridad Industrial en la Empresa, contribuyendo a la protección de la integridad física de los trabajadores y la seguridad en general de la Universidad.

Estructura: Resolución No. 3779 del 2022

En Representación de los Trabajadores (Docentes y Administrativos)

PRINCIPALES

SUPLENTES

Patricia Rojas Muñoz

Irene Herrera González

Arelys Adriana Saenz

Sebastián Correa Salazar

Ruby Sanchez Sanchez

Marco Antonio López Artunduaga

Darlenson Quinto Ibarguen

David Alejandro Agudelo Arrigui

 

En representación de la Administración:

PRINCIPALES

SUPLENTES

Leidy Johana Pimentel Sánchez

Leidy Johana Marín

Blanca Iris Vargas Sánchez

Diana Elizabeth Restrepo Lizcano

Luz Dalila Triviño Fierro

Valentina Quintero Montoya

Gustavo Adolfo Gutiérrez

Lisimaco Andrés Imbus Garzón

Normas de Consulta

  • Ley 9 de 1979: En su Art 111 se deja abierta la posibilidad al empleador de la creación de comités de medicina, higiene y seguridad industrial con representación del patrono y los trabajadores.

  • Resolución 2400 de 1979: En el Art 2 inciso d, se crea la obligación por parte de los patronos de conformar los comités paritarios de higiene y seguridad.

  • Decreto 614 de 1984: Se ordena la constitución tanto en empresas públicas o privadas de un comité de medicina, higiene y seguridad industrial, integrado por un número igual de representantes de los patronos y de los trabajadores. Art.25

  • Resolución 2013 de 1986: El Ministerio de trabajo reglamentó la conformación y el funcionamiento del comité de medicina, higiene y seguridad industrial.

  • Decreto ley 1295 de 1994: En su Art. 63, determinó que, a partir de su entrada en vigencia el comité paritario de medicina, higiene y seguridad industrial se seguirá llamando Comité paritario de salud ocupacional comúnmente conocido como COPASO.

  • Ley 1562 de 2012: Se cambió el nombre del programa de salud ocupacional por Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo SGSST, por lo cual se empezó a hablar de Comité paritario en seguridad y salud en el trabajo.

  • Decreto 1443 de 2014: En el Art. 2 parágrafo 2 se formaliza el nombre de Comité paritario en seguridad y salud en el trabajo a los antiguos COPASO y de vigía de seguridad y salud en el trabajo a los vigías en salud ocupacional.

 

Valentina Quintero Montoya